miércoles, 19 de enero de 2011

TERMINOS BASICOS



ADMINISTRACION DE DESASTRES
          Se entiende por administración de desastres o Plan de urgencias, el cuerpo de las políticas y decisiones administrativas y actividades operacionales que pertenecen a las diferentes etapas del desastre en todos sus niveles.
            En otros países manejan el concepto como el Conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la preparación, respuesta y rehabilitación de la población ante desastres.
             Está sustentado en el conjunto de conocimientos, medidas, acciones y procedimientos, que juntamente con el uso racional de recursos humanos y materiales, se orientan hacia el planeamiento, organización, dirección, ejecución y control de las actividades que permitan evitar o reducir los efectos de los desastres sobre las poblaciones y las infraestructuras de servicios y productivas.
Las fases en la administración de desastres
Las acciones y tareas realizadas para la administración o manejo de desastres son permanentes en el tiempo y en el espacio, conformando un ciclo comprendido por tres fases:
  • El antes (Prevención Preparación y Alerta), que comprende las medidas y acciones diseñadas para evitar o reducir el desastre;
  • El durante (Respuesta) constituida por el conjunto de actividades y medidas utilizadas durante e inmediatamente después de ocurrido el desastre para minimizar sus efectos, comprende también las labores de salvamento, búsqueda y rescate.
  • El después ( Rehabilitación y Reconstrucción), conformada por acciones para la recuperación del estado luego del desastre.
DESASTRE


 Es todo evento violento, repentino y no deseado. Capaz de alterar la estructura social y económica de la comunidad, produciendo grandes daños materiales y numerosas perdidas de vidas humanas y que sobrepasa la capacidad de respuesta de los organismo de atención primaria o de emergencia para atender eficazmente  sus consecuencias.

EMERGENCIA
            Cualquier suceso capaz de afectar el funcionamiento cotidiano de una comunidad, pudiendo generar victimas y daños materiales, afectando la estructura social y económica de la comunidad involucrada y que puede ser atendida  eficazmente con los recursos propios de los organismos de atención primaria o de emergencia de la localidad.
ESTADO DE ALARMA
Es la declaratoria oficial, emitida  por la primera autoridad civil del municipio, Estado o Nación, oída la coordinación del comité de Protección Civil y Administración de Desastre respectivo, que permite la activación de recursos técnicos, humanos, financieros o materiales con el objetivo de reducir los efectos de daños ante la ocurrencia inminente de un fenómeno natural técnicamente previsto.
ESTADO DE EMERGENCIA
Es la declaratoria oficia emitida por la primera autoridad civil del municipio, estado o nación, oída la opinión del comité coordinador de Protección Civil y Administración de Desastres respectivo, que permite la activación de recursos técnicos, humanos, financieros o materiales, con el objetivo de atender o enfrentar los efectos dañosos causado por un fenómeno natural o tecnológico que ha generado un desastre.


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